El Secretario de Empleo resolvió prorrogar hasta el 31 de mayo de este año, los vencimientos de las prestaciones por desempleo para los despidos operados entre el 1/02/21 y el 30/04/21.
Lo establece la Resolución 92/2021 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Conforme lo informado por ANSES se cobrará en el mes de marzo, de manera automática, pero será obligatoria la presentación del Certificado Escolar antes del 31 de diciembre.
El plazo de inscripción para el período correspondiente a los salarios devengados durante el mes de febrero de 2021 será del 22 al 28 de febrero de 2021.
Según comunicó el Ministerio de Trabajo de la Nación, se considerará justificada la inasistencia al trabajo del progenitor/a o responsable a cargo de niños y niñas cuando su presencia en el hogar resulte indispensable.
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social estableció, mediante la Resolución 938 del 12 de noviembre de 2020, la creación del “Programa REPRO II” el cual consistió en una suma dineraria individual y fija a abonar a trabajadores a cuenta del pago de las remuneraciones a cargo de los empleadores que se adhirieran al programa.
La ayuda de $9.000 corresponde al Programa de Trabajo Autogestionado.
El DNU 39/21 establece que por 90 días corridos contados desde el 27 de enero, se considera presuntivamente al COVID-19 como enfermedad profesional para la totalidad de las trabajadoras y los trabajadores dependientes.
En virtud del Decreto 27/2021 publicado en el Boletín Oficial el 20 de enero del corriente, se aprobó la reglamentación de la ley.
Con la Resolución del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social N° 124/2011 y sus modificatorias, se creó este el cual tiene por objeto asistir a trabajadores desocupados con discapacidad en el desarrollo de su proyecto ocupacional.
Están prohibidos los despidos sin causa así como también las suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo. Además se establece un tope a la doble indemnización y se considera al COVID-19 como enfermedad profesional
Dicha disposición se reguló mediante el Decreto 34/2021, publicado en el Boletín Oficial el 23 de enero, y será la AFIP la encargada de identificar las categorías del personal del servicio de salud que se encuentran exentas.
Este beneficio consiste en una suma dineraria individual y fija a abonar a los trabajadores y las trabajadoras, a cuenta del pago de las remuneraciones a cargo de los empleadores y las empleadoras adheridos al Programa.
La ley 6393 fue sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 10 de diciembre de 2020.
En virtud de la Decisión Administrativa 1/2021, se dispuso que los agentes a cargo de hijos o familiares menores de 13 años realizarán sus tareas de modo remoto, excepto que la autoridad superior requiera la concurrencia a los lugares de trabajo.
En el marco del distanciamiento social, preventivo y obligatorio, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social dictó una nueva medida que suspende la aplicación de este permiso.
La publicación de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo es un aporte a la difusión y concientización de las normas oficiales que se dictaron en el marco de la pandemia por el Coronavirus para proteger la salud de los trabajadores.
Se otorgará a modo de reconocimiento a trabajadoras y trabajadores esenciales del programa.
El ReNaTEP permite acceder a programas de trabajo, seguridad social y capacitación. También participar de redes de comercialización y tener acceso a herramientas crediticias y de inclusión financiera.
Se extiende a diciembre los beneficios del Programa ATP relativos al Salario Complementario, la postergación y reducción del pago de las contribuciones patronales con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y los créditos a tasa subsidiada, mediante la Decisión Administrativa 2181/2020.
Estas disposiciones entraron en vigencia a partir del 16 de diciembre.
El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina sancionaron el Convenio 190 sobre la Eliminación de la Violencia y el Acoso en el mundo del trabajo adoptado por la OIT en junio de 2019.
La Resolución 938/20 vio modificados algunos de sus artículos.
A través de la Decisión Administrativa 2182/2020, publicada el lunes 14 de diciembre en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional autorizó a los trabajadores de este sector a usar trenes, colectivos y subtes para poder ir hasta las casas donde realizan sus tareas y volver a sus domicilios.
El Programa Repro ll está destinado a sostener el empleo y la recuperación de las empresas en aquellas actividades que no sean consideradas críticas, pero que hayan sufrido una contracción relevante en la facturación y la producción debido a la situación generada por la pandemia.