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19 de diciembre de 2011. Despacho 152
INFORMACIÓN GENERAL
La Defensoría del Pueblo presentó un amparo contra AYSA por daños y riesgo de derrumbes en Barracas
La Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires inició una acción de amparo hace un año, a pedido de vecinos de Barracas damnificados por una obra de bombeo de líquidos cloacales realizada por AYSA. Por la urgencia, se habilitó la feria de enero 2011. Esa obra de estación de bombeo hecha en la intersección de Av.Iriarte y Sta Maria del Buen Ayre, produjo movimiento de suelos y hundimientos que afectaron viviendas, actualmente en riesgo de derrumbes, pero la empresa estatal no ha reaccionado ni siquiera ante la medida cautelar ordenada por el Juzgado interviniente.
Los vecinos afectados temen que colapsen sus viviendas como les ha advertido informalmente personal de la Guardia de Auxilio que periódicamente evalúa la difícil situación por la que atraviesan. En la medida cautelar dictada por el Juzgado, se ordenó a AYSA suspender la obra y al Gobierno de la Ciudad realizar clausura vehicular en dichas calles para morigerar el movimiento de suelos.
Al día de hoy, la Guardia de Auxilio permanece en estado de alerta, los vecinos temerosos, AYSA sin hacerse cargo de su responsabilidad, el tránsito vehicular interrumpido y la próxima feria judicial inminente.
Después de un año de gestiones, pericias e informes, ante la ineficacia de la persuasión y el incumplimiento de las medidas judiciales, esta Defensoría del Pueblo se vio obligada a hacer la denuncia pública. (Infociudad)
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12 de diciembre de 2011. Despacho 151
DERECHOS HUMANOS
La Defensora del Pueblo denunció al juez Facundo Cubas por no investigar el homicidio de dos jóvenes en manos de un agente de la Policía Federal
La Dra. Alicia Pierini denunció ante el Consejo de la Magistratura de la Nación al titular del Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción Nº 49, juez Facundo Cubas por mal desempeño de sus funciones en el marco de la causa por la muerte de 2 jóvenes, uno de ellos menor de edad, producida por la acción de un agente de la Policía Federal.
La Defensora del Pueblo consideró en su escrito que el juez Cubas demostró “falta de voluntad para investigar, aprobación del uso indiscriminado de la fuerza, credibilidad automática de la versión policial, flexibilidad a la hora de aplicar criterios de justificación del obrar policial y ausencia de protección y respeto de los derechos de las víctimas y sus familiares”.
La muerte de Jonathan Lezcano y Ezequiel Blanco se inicia con su desaparición el 8 de julio de 2009, ocultados sus cuerpos durante dos meses no obstante las denuncias de sus padres y de la Defensoría. La muerte se produjo el mismo día de la desaparición en manos del agente Daniel Santiago Veyga, quien fue sobreseído al justificar su accionar en la legítima defensa frente a un supuesto intento de robo con armas que no pudo ser probado.
Las muertes de los jóvenes no fueron investigadas y se admitió como natural el ejercicio de la fuerza letal por parte del agente, que ni siquiera fue citado a prestar declaración indagatoria. En esta serie de irregularidades, se suma que el cuerpo de Jonathan Lezcano fue enterrado como NN y el de Ezequiel Blanco bajo varios nombres potenciales, no obstante ambos eran argentinos, documentados y domiciliados en la ciudad. Cuando sus familiares supieron de las muertes, el juez les negó el acceso al expediente y casi en simultáneo dictó el sobreseimiento del agente, además de negarles su presentación como parte querellante.
Sobre el accionar del juez Cubas, la defensora del Pueblo consideró que contrariando el sentido común y las recomendaciones de organizaciones internacionales de protección de derechos humanos, la investigación de la actuación policial recayó en la propia Policía Federal. A su vez, el juez tuvo en cuenta las contradicciones entre los testigos, ni propias inconsistencias del relato del agente policial. Tampoco citó a testigos para aclarar puntos confusos ni recurrió a otras pruebas que podrían haber disipado dudas, ni indagó al policía. Por otra parte, el personal de la ambulancia que se hizo presente en el lugar no fue citado a declarar ni se pidieron informes al SAME.
Estas irregularidades e inconsistencias de la investigación fueron presentadas por la Dra. Pierini ante el Consejo de la Magistratura, escrito donde señala: “las circunstancias del hecho ameritaban recurrir a informes o testimonios que permitieran corroborar la veracidad de los dichos y reconstruir más ajustadamente los hechos”, además de sintetizar los incumplimientos del juez:
- No hay coincidencia en los relatos respecto de cómo fue la mecánica del hecho
- El único testigo no declaró en sede judicial y no se acredita que las víctimas estuvieran armadas
- Habiendo contradicciones, no se ordenó ninguna medida de prueba.
- No se esperó ni reclamó pericia balística.
- No se apartó a la PFA para intervenir en la escena del crimen
- No se le tomo al policía Veyga declaración indagatoria
- No se intentó localizar a las familias de las víctimas
- El juez no permitió a los familiares actuar como querellantes.
La causa judicial llegó a la Cámara de Nacional de Casación Penal quien resolvió revocar el fallo del juez y quitarle el expediente, al señalar en el mismo sentido que la Defensora del Pueblo que “las pruebas resultan insuficientes para fundar el sobreseimiento (...) Repárese en que no se han realizado las pericias dactiloscópicas sobre las armas secuestradas para determinar si Lezcano y Blanco portaban armas de fuego al momento de los hechos, ni tampoco se han evaluado los estudios periciales relativos a la trayectoria de las balas.”.
Finalmente, en los fundamentos de la denuncia ante el Consejo de la Magistratura, Alicia Pierini señaló que “dos muertes violentas en manos de un agente de una fuerza de seguridad no deben ser abordadas con naturalidad. La gravedad del hecho exige un esfuerzo de investigación que permita determinar si la acción policial estuvo justificada o no.
“Bastó con la sospecha de que las víctimas habían cometido un delito para que el juez diera por justificado el uso de la fuerza policial. Así desatendió la causa de las muertes y se redujo a analizar la conducta de las víctimas”.
La Defensora del Pueblo prestó particular atención a este accionar judicial -comenzado hace dos años- hoy también cuestionado por Casación, porque "reúne todo lo que no debiera hacer un juzgado: basarse en prejuicios negativos para los jóvenes humildes, dar por cierta la justificación policial, desdeñar las pautas mínimas de procedimiento en la investigación de la verdad y negar las garantías de acceso a la justicia para consagrar una impunidad policial que, afortunadamente, dos años después, es revocada por la Cámara". El Consejo de la Magistratura tomará este caso en su próximo período 2012. (Infociudad)
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29 de noviembre de 2011. Despacho 150
INFORMACIÓN GENERAL
Advertencia por los pagos del subsidio a bibliotecas populares de la Ciudad
La Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires solicitó al Ministro de Cultura porteño, Hernán Lombardi, que se efectúen en tiempo y forma los pagos del subsidio a las bibliotecas populares conforme lo establecido por ley.
A raíz de las noticias periodísticas sobre el supuesto incumplimiento en la entrega del subsidio correspondiente, la Defensoría observó que la información que brinda el Ministerio de Cultura en la propia página web del Gobierno de la Ciudad no se encuentra actualizada con los últimos pagos.
La Ley 2035 se sancionó con el fin de proteger y fomentar las bibliotecas populares en la Ciudad de Buenos Aires y establece entre otros beneficios el otorgamiento de un subsidio destinado a solventar los gastos. El subsidio, cuyo monto es el equivalente a dos remuneraciones mínimas del personal de planta permanente del Ministerio de Cultura, se definió de carácter ordinario, mensual y permanente.
La Defensoría destacó que en la mayoría de los casos la ayuda gubernamental resulta ser la única fuente de ingresos importante con la que cuentan las bibliotecas para desarrollar su actividad. (Infociudad)
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16 de noviembre de 2011. Despacho 149
INFORMACIÓN GENERAL
Denuncia de vecinos de Las Cañitas por boliches sin habilitación
Un grupo de vecinos del barrio de Las Cañitas denunció en la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires irregularidades en la habilitación de una serie de locales nocturnos que en su apariencia funcionan como restaurantes pero que en realidad se encubren locales de tipo bailable. Además, manifestaron que en la mayoría de ellos se realizan shows de música en vivo, actividad para la que no contarían con el permiso correspondiente.
De la verificación llevada a cabo por la Defensoría, surge que en los establecimientos denunciados se detectaron diferencias en cuanto a la documentación existente en los registros de la Dirección General de Habilitaciones y Permisos y a la exhibida en el lugar en ocasión de la inspección de la Dirección General de Fiscalización y Control.
En este sentido, la Defensoría del Pueblo pidió a las autoridades de las mencionadas dependencias porteñas que se realicen las inspecciones necesarias y se comprueben las condiciones de habilitación y funcionamiento de estos locales. (Infociudad)
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10 de noviembre de 2011. Despacho 148
INFORMACIÓN GENERAL
La Defensoría pidió que se clausure predio donde se acumula basura en Villa Soldati
La Defensoría del Pueblo porteña reclamó a la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad la urgente clausura del predio ubicado en la Avenida Varela al 2600, en el barrio de Villa Soldati, asignado para la gestión de áridos y restos de poda. Además, solicitó al Ministerio de Ambiente y Espacio Público que, una vez clausurado, se efectivice de manera inmediata la desactivación de las actividades allí implementadas y la recomposición ambiental del lugar de acuerdo a lo establecido por la normativa vigente.
Por otro lado, recomendó a los Ministerios de Salud y Desarrollo Social que se intervenga para proteger la salud y condiciones de vida de los vecinos y especialmente de la población escolar de la zona.
Desde 2007, la administración de la Ciudad y la Coordinación Ecológica Área Metropolitana Sociedad del Estado (CEAMSE) desarrollan en este predio tareas de recepción, acumulación y transferencia de materiales provenientes de restos de obras y poda de árboles. Según los reclamos presentados por los vecinos del barrio, el lugar no cuenta con la habilitación correspondiente y la operatoria realizada resultó desde un principio causante de polución ambiental.
En una verificación llevada a cabo por personal de la Defensoría del Pueblo, se observaron diferentes anomalías particularmente en lo referente al tipo de materiales acopiados, como residuos peligrosos, electrónicos, domiciliarios, tambores de gasoil y derrames de combustibles. (Infociudad)
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28 de octubre de 2011. Despacho 147
INFORMACIÓN GENERAL
La Defensoría del Pueblo presentó los resultados de la observación electoral del comicio presidencial
La Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco de su Programa de Observación Electoral, efectuó un nuevo relevamiento sobre el funcionamiento del comicio en las últimas elecciones presidenciales.
Por cuarta vez en el año, personal de la Defensoría recorrió escuelas, observando la participación de los electores, autoridades de mesa, personal de seguridad y funcionarios de los organismos electorales responsables. Particular atención se prestó a las condiciones de accesibilidad de los establecimientos para personas discapacitadas o con movilidad reducida, así como el ordenamiento del cuarto oscuro, la provisión de los elementos a las autoridades de mesa y otras circunstancias que conforman el correcto desarrollo del acto eleccionario.
Los resultados del informe dan cuenta que en las elecciones nacionales del 23 de octubre pasado se habilitaron para el acto electoral 831 establecimientos. Los observadores de la Defensoría del Pueblo relevaron 301 establecimientos distribuidos entre las 15 comunas de la ciudad que representan el 36,2% del total.
Sobre accesibilidad en los establecimientos
Respecto de la accesibilidad, los encuestados reconocen en un 95 % el adecuado aprovechamiento del espacio físico en la distribución de las mesas en los establecimientos. Por otra parte, sobre los electores con movilidad reducida y adultos mayores, se observó que existían rampas utilizables solo en un 36 % de los establecimientos.
Para los electores no videntes, se registró un alto porcentaje de accesibilidad con un 88,2 %, no obstante sobre la existencia de baños para discapacitados, un 84,5 % de los establecimiento dieron resultados negativos.
Cómo se facilitó el voto de los discapacitados y / o personas con movilidad reducida
De la totalidad de los establecimientos relevados:
- el 90,1% de los mismos (145) habilitó un cuarto oscuro accesible en la planta baja.
- el 42,9% de los mismos (69) las autoridades de mesa se trasladaron hasta el lugar en el cuál se encontraba el elector.
- el 6,2% de los mismos (10) se adoptaron otro tipo de soluciones para facilitar el voto de los discapacitados y / o personas con movilidad reducida.
Sobre la apertura del acto electoral
- Respecto del material electoral, en el 88,6 % de las mesas estaba completo a las 7:45 hs.
- Las autoridades de mesa estuvieron presentes a las 7:45 hs en un 87,1 %
- La apertura de mesas a las 8 hs se cumplió en un 52, 9 %
- Los presidentes de mesa estuvieron presentes en un 92,9 %
- Según las encuestas realizadas a los presidentes de mesa, no hubo faltantes de boletas en el cuarto oscuro en un 75,7 %.
(Infociudad)
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26 de octubre de 2011. Despacho 146
INFORMACIÓN GENERAL
Ordenan a Medicus cubrir una cirugía mamaria
A raíz de una denuncia presentada por la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, se ordenó que la empresa de medicina prepaga Medicus S.A. autorice la intervención quirúrgica de una afiliada para la realización de una mastoplastía reductora, de acuerdo a lo indicado por los médicos para atender el cuadro de gigantomastía que afecta su salud.
La Defensoría del Pueblo había solicitado a la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor del Gobierno porteño que se disponga con carácter de muy urgente el dictado de una medida preventiva (cautelar) para que Medicus proceda a brindarle a la joven la cobertura total de la cirugía.
Según se especificó en la presentación de la Defensoría, el objeto de la denuncia se debió a la arbitraria e infundada negativa de la empresa a otorgar la cobertura integral que implicaba la operación para la reducción de mamas, expresamente indicada por los médicos tratantes de esa institución.
Además, se señaló que “la conducta denunciada no sólo importa un clara infracción a la Ley de Defensa del Consumidor, sino que también afecta sólidos derechos de raigambre constitucional que hacen a la protección de la salud y es pasible de ser alcanzada por la figura del Daño Directo” (norma tendiente a posibilitar que los consumidores puedan obtener un resarcimiento económico por los daños ocasionados, más allá de la sanción que corresponda aplicar al prestador).
A su vez, la mastoplastía indicada a la joven está contemplada en el Plan Médico Obligatorio (PMO) y en la presentación quedaron demostrados los suficientes fundamentos médicos para acreditar que se trata de una intervención para aliviar dolencias severas de salud y no meramente estética, como alegó la empresa.
En virtud de las pruebas presentadas por la Defensoría del Pueblo, y luego de dos audiencias de conciliación a las que Medicus no asistió, la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor decretó que la empresa debe autorizar dicha intervención quirúrgica sin más dilaciones. (Infociudad)
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12 de octubre de 2011. Despacho 145
INFORMACIÓN GENERAL
Reclaman a la Obra Social Bancaria que entregue medicación a sus afiliados
La Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires exigió a la Obra Social Bancaria Argentina “Solidaridad” que brinde la cobertura de salud y medicamentos en forma igualitaria, integral, humanizada e inmediata a sus afiliados. Asimismo, pidió a la Superintendencia de Servicios de Salud que intervenga respecto de los incumplimientos de dicha obra social.
Un numeroso grupo de personas se presentó en la Defensoría del Pueblo porteña para denunciar que “Solidaridad” no cumple con su obligación de brindar cobertura continua y permanente y, especialmente, que desde hace meses no entrega medicamentos.
La falta de entrega de prótesis, insumos y medicación (oncológica, antiretroviral, psiquiátrica, etc.) para los tratamientos indicados a los pacientes beneficiarios de la Bancaria es considerada por la Defensoría como una “flagrante violación al derecho a la salud”.
En este sentido, la Defensoría señala que la obra social debe asegurar la regularidad y continuidad de la entrega de todos los medicamentos prescriptos por los médicos tratantes y aclara que las medicaciones reclamadas pueden ser financiadas íntegramente a través de la Administración de Programas Especiales (APE), que depende de la Superintendencia de Servicios de Salud.
Por último, se destaca que las omisiones de “Solidaridad” a los nutridos reclamos y solicitudes pone en grave riesgo la salud de los afiliados y constituye una negativa arbitraria y deliberada de atención médica. (Infociudad)
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12 de octubre de 2011. Despacho 144
INFORMACIÓN GENERAL
La Defensoría del Pueblo presenta
el Digesto de normas electorales
La Defensora del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dra. Alicia Pierini, convoca a la presentación del Digesto de normas electorales el próximo jueves 13 de octubre a las 15.30 horas en el Salón Rodolfo Ortega Peña de la Defensoría porteña en Piedras 574.
Estarán presentes el Dr. Luis Francisco Lozano, Presidente del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad y el Dr. Guillermo J. Cháves, Director Nacional del INCAP, dependiente del Ministerio del Interior de la Nación, quienes realizaron los prólogos del Digesto.
Este compendio se realizó con el objetivo de difundir información actualizada, reunir y dar a conocer la normativa electoral que se aplica en la Ciudad de Buenos Aires y a nivel nacional y, fundamentalmente, transformarse en una herramienta útil para facilitar la capacitación de todos los actores involucrados en el proceso electoral.
También se presentarán los informes de las observaciones electorales realizadas en la Ciudad de Buenos Aires en los comicios para Jefe de Gobierno, legisladores y autoridades comunales el 10 y 31 de julio; y en las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO) del 14 de agosto pasado.
Más información en observacionelectoral@defensoria.org.ar. (Infociudad)
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21 de septiembre de 2011. Despacho 143
INFORMACIÓN GENERAL
La Convenio de Cooperación entre Defensoría del Pueblo de la Ciudad y el Tribunal Superior de Justicia
La Defensora del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, Dra. Alicia Pierini y el Presidente del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad, Dr. Luis Lozano, firmaron acuerdos de cooperación, asistencia técnica, capacitación e investigación en el día. Este convenio promueve la evaluación en forma conjunta de las experiencias adquiridas por coordinadores y auxiliares ad-hoc del Tribunal Superior de Justicia que se desempeñaron como delegados judiciales en las pasadas elecciones.
Ambos instituciones realizarán así acciones en común el próximo año electoral. También, se evaluarán las técnicas de capacitación para generar espacios de formación y entrenamiento continuo para optimizar el desempeño en los futuros comicios.
El Dr. Luis Lozano, Presidente del Tribunal Superior de Justicia, dijo que: “La Defensoría del Pueblo pone en este acuerdo el ingrediente principal debido a que tiene la representación de los intereses del pueblo en lo que son los derechos políticos; siendo uno de ellos los actos comiciales en paz”.
Por último, la Dra. Pierini destacó que: “Es misión de los Defensorías del Pueblo tomar a su cargo la Defensa, Protección y Promoción de la acción de los derechos políticos”. Además, agregó que: “Se destaca del trabajo realizado por el Programa de Observación Electoral (POE) y la continua necesidad de capacitación de las autoridades de mesa que participan de los actos comiciales”. (Infociudad)
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9 de septiembre de 2011. Despacho 142
INFORMACIÓN GENERAL
La Defensoría del Pueblo de la Ciudad reclama la reglamentación de la Ley de Talles
La Defensoría del Pueblo instó al Ministro de Justicia y Seguridad porteño, Guillermo Montenegro, que se asignen las instrucciones precisas y urgentes a la Agencia Gubernamental de Control del Gobierno de la Ciudad Buenos Aires para que proceda a reglamentar la Ley de Talles.
La norma, sancionada por la Legislatura en enero de 2010, tiene por objeto garantizar un mínimo de ocho talles en los establecimientos comerciales cuya actividad sea la venta, fabricación o provisión de indumentaria, obligándolos a producir o importar indumentaria en concordancia con los talles dispuestos, bajo apercibimiento de aplicarse sanciones de multa y/ o clausura.
En la Ley de Talles (nº 3330) quedó supeditada su entrada en vigencia a partir de los 180 días de su reglamentación, sin que se le haya fijado plazo alguno al Ejecutivo local para que ejecute dicha reglamentación. Por ello, la Defensoría señaló que se observa una excesiva dilación y ostensible demora en el trámite reglamentario.
Asimismo, se manifestó que: “De este modo, no sólo se está vulnerando el efectivo ejercicio de los derechos contenidos en la Ley, sino que además se desdibuja la función del órgano legislativo de la Ciudad como representante de la voluntad popular, deteriorando la calidad institucional”.
En el marco de la protección de los derechos de los consumidores, las disposiciones de la norma procura evitar que se susciten situaciones de discriminación por la condición o aspecto físico de las personas.
Por otro lado, tampoco puede soslayarse que la regulación propuesta se conecta directamente con el derecho humano a un nivel de vida adecuado, que incluye, entre otros, el acceso a vestimenta. (Infociudad)
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7 de septiembre de 2011. Despacho 141
INFORMACIÓN GENERAL
Advertencia sobre sesgo discriminatorio en el cuestionario previo a la donación de sangre
La Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires recomendó al Ministro de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que se tomen las medidas necesarias para revisar y modificar el cuestionario de entrevista de donación de sangre utilizado por los hospitales públicos porteños, donde en particular debería analizarse la pertinencia de las preguntas para evitar sesgos discriminatorios.
En el mes de mayo pasado, la Comunidad Homosexual Argentina (CHA) formalizó una denuncia ante el Centro de Protección de Datos Personales de la Defensoría por encontrar discriminatorio e inconstitucional que no se les permita donar sangre a los varones homosexuales por la única condición de ser homosexual. En este sentido, refirieron que la Ley nacional 22.990 que obliga a la realización de una entrevista previa a la donación, los inhabilita y viola su intimidad al indagar si en los últimos doce meses el donante hombre ha tenido contacto sexual con otro hombre.
En su resolución, la Defensoría enfatizó que “no hay razones suficientes que permitan mantener la restricción de donar sangre por parte de quienes hayan tenido sexo entre hombres por esta sóla razón”. Y agregó que: “No es el hecho de tener sexo entre hombres o ser homosexual lo que debería impedir la donación, sino que lo que debería tenerse en consideración es la práctica sexual no segura”.
Por último, la Defensoría manifestó que el procedimiento que hoy se lleva a cabo en los Hospitales de la Ciudad debe reformularse y adecuarse a los avances científicos y a los cambios culturales libres de todo prejuicio y discriminación. (Infociudad)
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30 de agosto de 2011. Despacho 140
DERECHOS HUMANOS
Informe sobre violencia y abuso policial
La Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires registró numerosos casos de violencia y abuso policial, en los que se incluyen episodios de tortura, apremios ilegales, desalojos violentos y brutalidad policial; y elaboró una completa investigación donde se analizan los hechos de mayor trascendencia ocurridos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en último semestre de 2010 y el primer semestre de 2011.
El propósito de este trabajo es controlar la actuación de las fuerzas de seguridad para que su proceder se desarrolle conforme a la normativa vigente en la protección de los derechos humanos.
En este sentido, se elaboró una completa investigación donde se analizan los hechos de mayor trascendencia ocurridos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el transcurso del segundo semestre de 2010 y en los primeros seis meses de 2011.
La tarea de la Defensoría del Pueblo al respecto tiene como objetivos esenciales aportar al esclarecimiento de los actos, el resguardo de la legalidad y la contención de víctimas y familiares.
Asimismo, se considera que perpetrar un control sobre la actuación de las fuerzas de seguridad contribuye a que el proceder policial se desarrolle conforme la normativa vigente y en amparo de los derechos humanos.
Casos de violencia policial denunciados donde tomó intervención la Defensoría en el mencionado período:
- Delito de tortura y apremios ilegales en perjuicio de tres menores de edad detenidos en un procedimiento que habrían sido fuertemente golpeados por efectivos de la Comisaría 23º del barrio de Palermo, quienes fueron denunciados además del maltrato por la utilización de un objeto similar a una picana.
- Apremios y exacciones ilegales en ocasión de una detención (también efectuada por personal de la Comisaría 23º) por carecer de documentación vehicular.
- Violento desalojo y demolición de viviendas en el asentamiento de Avenida Vélez Sársfield y las vías del ferrocarril de la Villa 21-24 por parte de la División Roca de la Policía Federal. Las personas que habitaban el predio manifestaron la brutalidad en el accionar de los policías, la falta de uniforme o identificación de la mayoría de ellos, la portación visible de armas y el uso de picanas eléctricas.
- Represión y desalojo de la ranchada de Avenida Paseo Colón y Calchaquí constituida por 25 niños, niñas y adolescentes de entre 9 y 18 años, donde tres patrulleros con más de diez agentes de la Comisaría 14º habrían golpeado a los chicos y habrían prendido fuego los colchones, ropa y demás pertenencias.
Por otro lado, se recibieron y se intervino en una gran cantidad de denuncias de vendedores ambulantes y artistas callejeros que desarrollan su actividad en el espacio público. Entre las acusaciones se destacan las de golpizas, lesiones y abuso de autoridad, amenazas, acoso y hostigamiento policial, procedimientos irregulares de decomiso de mercadería, etc.
En la mayoría de estos hechos se reiteró el comportamiento ilícito de los efectivos que deben llevar a cabo las tareas de prevención de contravenciones pertenecientes al Servicio de Brigada de la Policía Federal Argentina, quienes también fueron denunciados por pedir coimas para anular los procedimientos y por no utilizar uniforme para favorecer estas prácticas indebidas.
Otros casos:
- Violento operativo de desalojo en inmueble donde personal de la Policía Federal Argentina habría agredido físicamente a las personas que se encontraban en el lugar, incluso mujeres, niños y ancianos.
- Investigación por la muerte de Luis Alberto García, de 16 años, en un confuso episodio de supuesto robo a una agente de la Comisaría 7ma.
- Supuestas tareas de inteligencia ilegales efectuadas por dos policías vestidos de civil en la Faculta de Ciencias Sociales de la UBA.
- Fuertes golpes, agresiones y brutalidad policial por parte de integrantes de la Comisaría 8va. a trabajadoras sexuales de nacionalidad dominicana.
- Investigación sobre los hechos ocurridos entre el 7 y 10 de diciembre de 2010 en Villa Soldati como consecuencia del desalojo del Parque Indoamericano, donde murieron tres personas.
Asimismo, se recibieron numerosas denuncias por amenazas, maltrato y abuso de autoridad en distintos procedimientos irregulares realizados en la vía pública por parte de efectivos policiales.
En la resolución, la Defensoría enfatiza que: “La falta de investigación de los fiscales y los jueces propicia la impunidad de estos abusos y además permite que continúen sucediendo concebidos como práctica institucional. Las actuaciones al margen de la ley del personal policial deben encontrar en la judicatura una respuesta adecuada y fiel a los compromisos internacionales que tiene el Estado. Es desde esta óptica que la Defensoría del Pueblo efectúa la compulsa de las causas penales en las que se investigan hechos de violencia y abuso policial”.
Por último, la Defensoría exhortó al Jefe de la Policía Federal Argentina, Comisario General Enrique Rubén Capdevila, que se adopten las medidas de investigación necesarias para el esclarecimiento de los hechos denunciados y para evitar que se repitan las prácticas policiales descriptas. Además, puso en conocimiento de la presente resolución a la Ministra de Seguridad de la Nación, Nilda Garré, al Procurador General de la Nación, Esteban Righi, al Presidente de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, y a la Defensora General de la Nación, Stella Maris Martínez. (Infociudad)
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18 de agosto de 2011. Despacho 139
INFORMACIÓN GENERAL
Retraso en la entrega de medicamentos: grave riesgo para la salud de los beneficiarios del Programa Federal de Salud (PROFESalud)
La Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reclamó a los responsables del PROFESalud y a la Agrupación Salud Integral (ASI), que regularicen la entrega de medicación, cuya demora está poniendo en grave riesgo la salud de los beneficiarios.
El Programa Federal de Salud es un organismo dependiente del Ministerio de Salud de la Nación que brinda cobertura integral de salud a los beneficiarios de pensiones no contributivas. En el caso de las personas que viven en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires las prestaciones son brindadas a través de un convenio con la gerenciadora -Agrupación Salud Integral (ASI)-, dependiente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
Los perjuicios para los pacientes son graves, pues según sus reclamos en lugar de recibir los remedios e insumos para un mes de tratamiento, les son provistos para diez o quince días, lo que implica nuevas consultas en el mismo mes al médico de cabecera para el pedido de las prescripciones y justificativos, la necesidad de concurrir varias veces a la ASI para su autorización y finalmente una espera de varias horas para retirar lo indicado en la farmacia, en condiciones inadecuadas puesto que no hay suficiente espacio físico ni sanitarios para el público. Esta dificultad se presenta con los medicamentos que se utilizan en el manejo de patologías crónicas y con otros insumos, como el material descartable. Por su parte, las drogas oncológicas y otros medicamentos de alto costo, por ejemplo agentes biológicos para el tratamiento de artritis reumatoidea, son suministrados con una demora de más de un mes.
La ASI informó a la Defensoría que los retrasos en la provisión obedecían a que los pagos estaban demorados por parte del Programa Federal de Salud. Esta situación resulta inadmisible para cualquier paciente, y más aún teniendo en cuenta que se trata de personas con discapacidades severas que muchas veces limitan su movilidad, o bien familiares a cargo de beneficiarios que no pueden permanecer solos durante el tiempo que demandas los trámites requeridos.
Este escenario de maltrato y desatención toma entonces de rehén a los pacientes en un conflicto que tiene como origen un problema contractual, y agrava la vulnerabilidad del derecho a la salud de la población beneficiaria, que se ve perjudicada por la falta de continuidad de los tratamientos, poniendo en riesgo su vida.
La Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, subraya que el PROFESalud y la ASI no asumieron su obligación de carácter social, pues no pueden sustraerse a las prestaciones indispensables que afectan el derecho a la salud de las personas y a su expectativa de recibir un tratamiento.
Las situaciones denunciadas constituyen un avasallamiento del derecho a la salud y a la rehabilitación, profundizan la discapacidad y aumentan la vulnerabilidad de los grupos sociales afectados. El Estado no puede pasar por alto que las/os beneficiarias/os del Programa ya registran la vulnerabilidad económica que justifica su derecho a percibir una pensión asistencial y, en consecuencia, su correspondiente afiliación al Programa. Ello significa que se encuentran sometidos a una doble causa de exclusión social: la discapacidad y la pobreza. Por lo tanto, se exhortó al Ministro de Salud de la Nación y a la Directora del Programa Federal de Salud, y se recomendó al Gerente de la ASI que garanticen la entrega de la totalidad de la medicación y/o insumos a las/os beneficiarias/os y modifiquen el proceso de provisión. (Infociudad)
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15 de agosto de 2011. Despacho 138
INFORMACIÓN GENERAL
Programa de Observación Electoral: los medios de comunicación cumplieron un rol destacado en la difusión de información sobre las elecciones primarias
La Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de su Programa de Observación Electoral y con el propósito de garantizar los derechos de los ciudadanos durante las elecciones primarias del domingo pasado, realizó una relevamiento sobre un universo de 677 votantes.
La jornada de observación reveló que un alto porcentaje de los porteños recibieron información relacionada con las elecciones primarias, abiertas y obligatorias, con un porcentaje del 82,6%, y especialmente suministrada por los medios de comunicación. En este sentido, los medios más reconocidos por los encuestados en difundir la información , figura la televisión con un 22 % por sobre la radio que alcanzó la cifra de 20,3%, seguida por los diarios con un 20,3% e Internet con 13,7 %.
Ante la pregunta sobre la facilidad o dificultad para identificar las boletas partidarias, el 94 % aseguró no haber tenido inconvenientes de orientación en el cuarto oscuro respecto de las boletas de sus preferencias.
Por otra parte, el 89,4% de los votantes consultados dijeron no haber tenido inconvenientes para encontrar el lugar de votación, otra de las respuestas elocuentes sobre el nivel de orientación, información y conocimiento general sobre estas elecciones. (Infociudad)
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12 de agosto de 2011. Despacho 137
INFORMACIÓN GENERAL
La Defensoría del Pueblo advierte por la negativa de atención a la salud a extranjeros sin DNI
La Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reclamó a las autoridades de salud del gobierno porteño que permitan de acuerdo con la normativa vigente la inscripción al programa Cobertura Porteña de Salud (CoPS) a extranjeros sin DNI, que puedan acreditar la residencia en el país.
A una ciudadana peruana sin DNI, en el Hospital Argerich le negaron la solicitud de inscripción al programa Cobertura Porteña de Salud (CoPS), así como a sus dos hijos menores de edad, argentinos, con DNI; mientras que se denunciaron irregularidades en la atención de personas sin documento argentino en el Hospital Ramos Mejía.
En la respuestas elaboradas por las autoridades de ambos hospitales a los requerimientos de Defensoría del Pueblo, se justificó la medida a raíz de la existencia de disposiciones que exigen la presentación de DNI o constancia de DNI en trámite. En particular, se explicó que el requisito de D.N.I. para la inscripción al Plan Médico de Cabecera consta tanto en los cuadernillos instructivos para la implementación del programa que fueron entregados a todo el personal de los stands en los hospitales generales de agudos, así como en la folletería entregada al público.
A partir de la gestión de estos reclamos, la Defensoría del Pueblo concluye:
- que la reiteración de situaciones idénticas en dos hospitales de la ciudad da cuenta de una irregularidad generalizada en la implementación del programa;
- que en el acceso a tal programa el requisito obligatorio de D.N.I. para la inscripción se constituye en una condición de carácter excluyente que como tal no es exigido por la normativa de creación del programa;
- que el programa CoPS ofrece beneficios en la cobertura de medicamentos y vacunas que resulta superador en relación a la cobertura a la que acceden usuarios de hospitales o centros de salud;
La normativa que rige el programa propone como requisito la residencia actual y comprobable en el ámbito de la ciudad. Por lo tanto, es la acreditación del domicilio la que puede exigirse a los aspirantes a beneficiarios del CoPS para su inscripción. De igual modo, la identidad de los inscriptos es acreditable con la presentación de diversos documentos: D.N.I., libreta cívica, libreta de enrolamiento, cédula de identidad, y en el caso de personas extranjeras se hará mediante el documento del país de origen o pasaporte. De ninguna manera debería exigirse para ello D.N.I. argentino de modo excluyente.
En consecuencia, la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires recomendó al gobierno porteño que se ponga en conocimiento de esta resolución a los agentes administrativos y a los directores de los Hospitales Generales de Agudos dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. (Infociudad)
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8 de agosto de 2011. Despacho 136
INFORMACIÓN GENERAL
La Defensoría pidió al Gobierno porteño que incorpore la información completa de leyes de defensa al consumidor en su página web
La Defensoría del Pueblo porteña recomendó al Director General de Defensa y Protección del Consumidor que se incorpore en la página web del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires un link que contenga las leyes locales de defensa al consumidor con su texto completo y una breve reseña de su contenido, a fin de cumplir con el deber de informar adecuadamente a los consumidores locales de sus derechos.
Asimismo, solicitó que se actualice la información brindada en esa página referida a los montos de sanciones y multas a las que son pasibles las empresas proveedoras de bienes y servicios -conforme la última modificación dispuesta por Ley- y que se explique el alcance del “Daño Directo” en el ámbito de la Ciudad.
La resolución de la Defensoría señala que de la página web del Gobierno porteño, específicamente de la sección referente a Defensa del Consumidor, se desprende que: “Se puede realizar cualquier denuncia por incumplimiento a la Ley 24.240, que protege los derechos de los consumidores y usuarios”, pero se omite la vasta legislación dictada por la Legislatura. Además, se manifiesta que la información que puede leerse sobre los derechos en cuestión es incompleta e imprecisa.
En este sentido, la Defensoría reiteró la necesidad de contar en el ámbito local con un “Observatorio Legal” en torno al cumplimiento de la normativa que los protege. (Infociudad)
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28 de junio de 2011. Despacho 135
DERECHOS HUMANOS
Proyecto de ley para la creación del
Registro de Identidad Recuperada
La Defensora del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, Alicia Pierini, presentó un proyecto de ley para crear un registro especial que facilite el cambio de identidad en las bases de datos personales, especialmente en los casos de bebés nacidos en cautiverio y modificación de la identidad sexual.
La iniciativa presentada esta mañana ante la Legislatura de la Ciudad propone facilitar la rectificación de los datos personales asentados en bases públicas o privadas y dejar constancia de la identidad que fue modificada. El objetivo es tratar de cooperar con las personas que modificaron su identidad de origen, rectificando los registros con la identidad anterior, particularmente en escuelas, historias clínicas o nóminas en clubes,asociaciones y premiaciones.
El proyecto incluye el compromiso de reserva y confidencialidad obligatorio en toda la tramitación, el requisito de que la nueva identidad haya sido avalada judicialmente, la gratuidad del trámite y la exigencia de que se haga personalmente o con poder explìcito si se delega, con la ùnica excepciòn a favor de las Abuelas de Plaza de Mayo o la Comisión Nacional por el Derecho a la Identidad, las que podrán solicitarlo en representación de los afectados bajo su responsabilidad.
Pierini estimó que "es un paso más en la consolidación del derecho a la identidad de las personas, sea en razón de la supresión y adulteración producida durante la etapa del Terrorismo de Estado con los bebés nacidos en cautiverio, como los nuevos casos de rectificación por razones de modificación en la identidad sexual".
Además, el proyecto establece que la propia Defensoría del Pueblo tome a su cargo la recepción y gestión de dichas modificaciones. (Infociudad)
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28 de junio de 2011. Despacho 134
INFORMACIÓN GENERAL
Inaccesibilidad física: reclaman la construcción de vados peatonales
La Defensoría del Pueblo pidió a la Dirección General de Vías Peatonales de la Ciudad que se ordene la ejecución y la fiscalización de vados peatonales en el marco del Plan de Rehabilitación y Mantenimiento de Aceras (PRYMA), para garantizar la accesibilidad y no transgredir la normativa constitucional que dispone suprimir las barreras de todo tipo que se opongan a la inclusión social de las personas con movilidad reducida.
Además, recomendó a la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público porteño que se articulen las acciones que correspondan entre los organismos con competencia para intervenir en las obras a desarrollarse en la vía pública, con el fin de coordinar los trabajos que se realicen y que de este modo no se desnaturalice el objetivo de los vados peatonales.
A raíz de la inaccesibilidad y el riesgo contra la integridad física a la que se someten las personas con movilidad reducida, una numerosa cantidad de vecinos se presentó en la Defensoría del Pueblo para manifestar que a pesar de haber formalizado sus reclamos ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, aún no obtuvieron respuestas satisfactorias.
De la verificación realizada por la Defensoría en los lugares denunciados, se comprobó la veracidad de los reclamos formulados, situación que se agrava por el tiempo transcurrido sin alcanzar el objetivo perseguido y las irregularidades comprobadas en ejecuciones anteriores, donde el organismo comprobó que se construyeron vados peatonales con serias anomalías.
Entre ellas, se observaron: existencia de lechos rebajados de cuneta que obstaculizan el desplazamiento de las ruedas delanteras de las sillas y otros elementos ortopédicos, continuas repavimentaciones de calzadas que profundizan la dificultad para el tránsito autónomo desde y hacia la pendiente de los vados y pendientes antirreglamentarias en vados en virtud de las dimensiones de las aceras sobre las que se asientan. (Infociudad)
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21 de junio de 2011. Despacho 133
INFORMACIÓN GENERAL
La Defensoría del Pueblo presenta en conferencia de prensa el Programa de Observación Electoral
El próximo miércoles 22 de junio a las 16 hs, en Piedras 574, la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires presenta el Programa de Observación Electoral (POE), cuyo propósito es concentrar las actividades vinculadas con la protección de los derechos políticos de los ciudadanos porteños. (www.poe.org.ar)
El principal objetivo del POE es comprobar el correcto desarrollo de los procesos electorales y, de esta manera, colaborar con las autoridades y con la ciudadanía para que se cumplan las disposiciones legales que regulan los comicios.
La Defensoría dispondrá de la participación de observadores electorales que facilitarán la detección de posibles irregularidades y quienes serán los encargados de solicitar información y realizar recomendaciones a las autoridades locales.
En este sentido, el Programa permitirá desarrollar los mecanismos necesarios para constatar que los actos electorales se realicen de acuerdo a las leyes establecidas, informar las deficiencias y verificar la plena accesibilidad en los lugares de votación.
Asimismo, el POE reparará con especial atención el sufragio de las minorías, de los extranjeros, de los residentes en el exterior, de quienes se encuentran privados de su libertad, de las comunidades en condición de marginalidad y exclusión y de las personas con discapacidad. (Infociudad)
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13 de junio de 2011. Despacho 132
INFORMACIÓN GENERAL
La Defensoría del Pueblo porteña advierte sobre la falta de accesibilidad física para personas con discapacidad en estaciones de trenes y vagones
A raíz de la numerosa cantidad de denuncias y consultas recibidas por la falta de accesibilidad física para personas con movilidad reducida en el transporte ferroviario que circula en la Ciudad de Buenos Aires y la región Metropolitana, la Defensoría del Pueblo porteña decidió realizar un relevamiento integral sobre las condiciones de los vagones y de las estaciones de Once, Constitución y Retiro.
Entre otras deficiencias, se comprobaron deterioros en las aceras adyacentes a la mayoría de las estaciones, existencia de rampas de accesos a los andenes antirreglamentarias con pendientes excesivas sin pasamanos o zócalos de contención, escaleras mecánicas y ascensores fuera de funcionamiento, falta de solados y guías de prevención, ausencia de comunicaciones sonoras para los usuarios con discapacidad visual y señalizaciones luminosas adecuadas para personas con limitaciones auditivas.
Se constató además la escasa disponibilidad de servicios sanitarios adaptados para discapacitados y que en las estaciones donde se encuentran instalados suelen estar cerrados o en un estado deplorable de higiene.
En cuanto a los trenes, se observó que los vagones presentan un significativo desnivel y huelgo respecto de los planos del andén y se destacó la inexistencia de plataformas que permitan el ingreso de personas con discapacidad motora a la formación.
Por último, se advirtió que las estaciones que se conectan con el servicio subterráneo no cuentan con métodos alternativos de elevación que reemplacen las escaleras a través de las cuales se accede a los puntos de trasbordo.
Con el objetivo de garantizar la accesibilidad física y comunicacional, la Defensoría del Pueblo porteña exhortó a la Secretaría de Transporte de la Nación que informe el contenido del Plan Estaciones sobre el mejoramiento de los servicios que se prestan a las personas con discapacidad, las obras implementadas en los últimos tres años y las partidas presupuestarias asignadas a tal efecto en cada caso, como así lo establecen las leyes vigentes.
Asimismo, pidió a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte que informe el resultado de los controles efectuados en las estaciones de ferrocarril emplazadas en la Ciudad y en la región Metropolitana, los avances alcanzados desde el año 2008 y las sanciones que se hayan aplicado por incumplimientos detectados.
La Defensoría también dio a conocer los resultados del relevamiento y sus recomendaciones a la Auditoría General de la Nación y a la Defensoría del Pueblo nacional. (Infociudad)
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31 de mayo de 2011. Despacho 131
INFORMACIÓN GENERAL
La Defensoría advierte sobre el cobro adicional por la información detallada de llamadas
La Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires exhortó a la Secretaría de Comunicaciones de la Nación que se ordenen las medidas necesarias para adecuar el Reglamento General de Clientes del Servicio de Comunicaciones Móviles y el Reglamento General de Clientes del Servicio Básico Telefónico, con el fin de asegurar que todos los usuarios de ambos servicios puedan solicitar a sus respectivas empresas prestadoras en forma gratuita la información detallada de llamadas, conforme las nuevas disposiciones incorporadas a la Ley de Defensa del Consumidor.
El nuevo artículo 4º de la ley establece que : “El proveedor está obligado a suministrar al consumidor en forma cierta, clara y detallada todo lo relacionado con las características esenciales de los bienes y servicios que provee, y las condiciones de su comercialización. La información debe ser siempre gratuita para el consumidor y proporcionada con claridad necesaria que permita su comprensión” .
En este sentido, la Defensoría del Pueblo dispuso realizar una investigación para analizar y determinar si resulta legalmente válido que las empresas prestatarias de los servicios de telefonía fija y celular mantengan el cobro de un cargo adicional por el envío del detalle de llamadas al domicilio de los usuarios que así lo solicitan.
Asimismo, se puso en conocimiento de la iniciativa de la Defensoría y de sus recomendaciones a la Subsecretaría de Defensa del Consumidor de la Nación, a la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor del Gobierno porteño, a la Comisión Nacional de Comunicaciones y a las empresas telefónicas. (Infociudad)
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19 de mayo de 2011. Despacho 130
INFORMACIÓN GENERAL
Los gimnasios de la Ciudad no cumplen con el total de las normas requeridas por ley
La Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires elaboró un informe sobre inspecciones realizadas en los gimnasios porteños con el objetivo de constatar que se cumpla con los requerimientos establecidos en la Ley 139.
Entre otras condiciones, la normativa señala que la práctica de actividades en estos establecimientos debe ser supervisada por un profesor, que los clientes deben poseer un certificado de aptitud física, que los gimnasios deben estar adheridos a un servicio de emergencias médicas y capacitar a sus profesionales en técnicas de reanimación cardiorrespiratoria y primeros auxilios y que se prohíbe la venta o suministro de medicamentos o sustancias que modifiquen el rendimiento físico.
Del relevamiento producido por la Defensoría se desprende que en la mayoría de los casos no se cumple en su totalidad con las medidas determinadas en la Ley 139. Por esta razón, se puso en conocimiento de la situación a la Agencia Gubernamental de Control y a la Dirección General de Fiscalización y Control de Instalaciones Complementarias del Gobierno de la Ciudad.
Con el fin de resguardar la salud de las personas que realizan actividades físicas en gimnasios, se recomendó a las autoridades porteñas que se asignen las instrucciones correspondientes para que se respeten las prescripciones contenidas en la Ley. (Infociudad)
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10 de mayo de 2011. Despacho 129
INFORMACIÓN GENERAL
Inaccesibilidad física para niños con discapacidad en plazas
La Defensoría del Pueblo instó a la Dirección General de Espacios Verdes de la Ciudad de Buenos Aires que se lleve a cabo la instalación de juegos especiales en las plazas Antonio Malaver y República del Perú y en el Parque Thays con el objetivo de garantizar el derecho a la recreación de los niños y niñas con discapacidad.
La Defensoría destacó que considera importante la instalación de juegos integradores que incluyan hamacas con respaldo y accesorios de seguridad para equiparar las oportunidades de los niños y niñas con necesidades especiales. Y para el efectivo ejercicio de su derecho a la recreación, como así lo dispone la Convención sobre los Derechos del Niño y la normativa vigente (Ley de Juegos Adaptados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
Además, se recomendó a la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad que se gestionen las partidas presupuestarias correspondientes para dar cumplimiento a lo estipulado por dicha Ley (2219). (Infociudad)
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18 de abril de 2011. Despacho 128
INFORMACIÓN GENERAL
Seminario de capacitación electoral
La Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de su Programa de Observación Electoral (POE), organiza el Seminario “Implementación y Aspectos Jurídicos de la nueva Ley de Reforma Política: Ley Nº 26.571 de Democratización de la Representación Política, la Transparencia y la Equidad Electoral”.
En el Seminario participarán reconocidos especialistas como el Dr. Luis Lozano, Dr. Heriberto Saavedra ((Presidente y Secretario de Asuntos Originarios del TSJ de la Ciudad), Dr. Jorge Di Lello (Fiscal Federal con Competencia Electoral) y autoridades de la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Legislatura porteña.
Además de analizar los principales aspectos de la Ley Nº 26.571 y de recorrer las cuestiones electorales nacionales, se disertará sobre el "Sistema Político de la Ciudad de Buenos Aires" en el marco del estudio de la Comunas que se votan por primera vez en la Ciudad de Buenos Aires el próximo 10 de julio.
Los principales contenidos del Seminario son:
- El sufragio y la Ley “Sáenz Peña”. La reforma constitucional de 1994. Del colegio electoral al voto directo. Voto femenino. Las cuestiones electorales en la Constitución Nacional. Justicia Electoral. Su organización. Jurisprudencia relevante.
- Breve repaso de los resultados de los comicios presidenciales en nuestra historia a partir de la sanción de la Ley 8.871 (Sáenz Peña).
- Análisis de la “Ley de democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral”.
- Las Comunas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- La agenda electoral y escenario nacional y de la Ciudad para el 2011.
Los encuentros se realizarán los días 4, 11, 18 y 26 de mayo de 16 a 19 horas en la sede de la Defensoría del Pueblo porteña, ubicada en Piedras 574.
Informes e inscripción: 4338-4900 internos 7650 y 7911 u observacionelectoral@defensoria.org.ar
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18 de abril de 2011. Despacho 127
INFORMACIÓN GENERAL
Continúa la falta de vacantes en escuelas porteñas de nivel inicial
La Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires señaló al Ministro de Desarrollo Urbano, Daniel Chain, y al Ministro de Ambiente y Espacio Público, Diego Santilli, la necesidad de tomar las medidas necesarias para la puesta en valor de la Plaza Barrancas de Belgrano, que conforma el Área de Protección Histórica 44 del Código de Planeamiento Urbano.
Se destacó además que, según se establece en las normas urbanísticas, deben respetarse las características originales del conjunto y tenerse en cuenta sus valores históricos, simbólicos y ambientales.
Tras la denuncia de la Asociación Civil Vecinos de Belgrano ante la Defensoría sobre el deficiente estado en el que se encuentra la plaza, personal del organismo realizó un informe donde se manifiesta que se observan daños en caminos, escaleras y solados, luminarias seriamente afectadas, bancos, balaustradas, monumentos y esculturas rotas, falta de higiene y canaletas y pluviales cubiertas por residuos y vegetación. (Infociudad)
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12 de abril de 2011. Despacho 126
INFORMACIÓN GENERAL
Continúa la falta de vacantes en escuelas porteñas de nivel inicial
La Defensora del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, Alicia Pierini, advirtió al Ministro de Educación porteño, Esteban Bullrich, la necesidad de desarrollar un plan de construcción de edificios escolares, en especial en el sur de la Ciudad, con el fin de garantizar el acceso a vacantes en escuelas de nivel inicial a todos los niños y niñas que habitan en esa zona.
A raíz de los numerosos reclamos que se vienen presentando en la Defensoría desde los últimos años por la falta de vacantes, el organismo señaló reiteradas veces a las autoridades porteñas la insuficiente cantidad de establecimientos educativos de nivel inicial de gestión estatal para satisfacer la demanda existente. Por esta razón, se recomendó en más de una oportunidad a las distintas administraciones de Educación la importancia de implementar una política activa de construcción de edificios escolares, fundamentalmente en el extremo sur de la jurisdicción, que es donde se registra el mayor número de solicitantes en “lista de espera”.
De acuerdo a los datos provistos por la Dirección de Educación Inicial, 6.125 niños y niñas se encuentran en listados de alumnos con vacantes sin confirmar (lista de espera), aspirantes a las salas de lactario, deambulatorio, 2 años, 3 años, 4 años y 5 años y distribuidos en los veintiún distritos escolares. En este sentido, desde la Defensoría del Pueblo se manifestó que “visto que quedan sin resolver las restricciones que impiden el acceso a la educación de nivel inicial de más de seis mil niños y niñas, resulta prioritario que esta situación se pueda revertir a corto plazo”. (Infociudad)
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07 de abril de 2011. Despacho 125
INFORMACIÓN GENERAL
Pierini propone la creación de "Registro de Autoridades de Mesa"
La Defensora del Pueblo, Alicia Pierini, presentó un proyecto de Ley ante la Legislatura porteña en el que propone la creación de un “Registro Único de Autoridades de Mesa de la Ciudad de Buenos Aires”, con el objetivo de contar con un listado permanente de ciudadanos capacitados para desempeñarse como Presidente o Vicepresidente de Mesa en cada acto electoral.
El proyecto de Ley señala que los inscriptos deberían asistir a las capacitaciones que se realicen acerca del procedimiento en elecciones dictado por especialistas, para ser instruidos en ejercer la correcta supervisión del desarrollo, modalidad y legalidad del comicio.
Asimismo, indica que quienes se desempeñen como autoridades de mesa recibirían una compensación consistente en un franco compensatorio, en el caso de los funcionarios y empleados públicos, y una suma fija en concepto de viático.
En sus fundamentos, la Defensora porteña manifiesta que la propuesta de establecer un Registro Voluntario de Autoridades de Mesa surgió a raíz de las demoras e inconvenientes detectados en las contiendas de los últimos años por parte de los votantes y por el importante margen de ausentismo y desconocimiento de la normativa vigente de las autoridades electorales.
La administración y actualización del Registro y la formación y capacitación de las personas que lo integren dependerían funcionalmente de la Defensoría del Pueblo, que en las elecciones del 28 de junio de 2009 contó con un equipo especial de 30 abogados que recorrió un total de 100 establecimientos y observó unas 200 mesas de votación y que en las elecciones presidenciales pasadas de Bolivia y Chile envío un grupo de letrados para participar como observadores externos. (Infociudad).
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04 de abril de 2011. Despacho 123
INFORMACIÓN GENERAL
Piden a la AGIP que se optimice el control de las deudas tributarias que transfieren a juicio
La Defensora del Pueblo, Alicia Pierini, instó al titular de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (AGIP), Carlos Walter, que se reorganice el sistema y se mejoren los circuitos de información y control de las deudas tributarias que son transferidas a juicio, con el propósito de evitar el dispendio jurisdiccional y administrativo que ocasionan las ejecuciones fiscales improcedentes.
Además, pidió que se responda lo antes posible a numerosos vecinos que se presentaron en la Defensoría para denunciar juicios en su contra promovidos por la AGIP por presuntas deudas.
Para la Defensora, la cantidad de reclamos “pone en evidencia la existencia de un sistema que carece de un adecuado control y de una mínima coordinación entre los organismos públicos encargados de administrar y fiscalizar la correcta percepción de la renta pública”. Y agrega que: “Tal situación no hace más que deteriorar innecesariamente la compleja relación fisco-contribuyente”.
En la recomendación de la Defensora, también se señala que “de este modo, se genera un dispendio jurisdiccional y administrativo que perjudica no sólo a los contribuyentes, que en la mayoría de los casos se ven obligados a recurrir a los servicios de un abogado particular, sino que también se perjudica al erario público que tendrá que cargar finalmente con los gastos de un juicio mal habido.” (Infociudad)
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22 de marzo de 2011. Despacho 122
INFORMACIÓN GENERAL
Falta de accesibilidad para personas con discapacidad en baños de bares y confiterías de la Ciudad
La Defensora del Pueblo, Alicia Pierini, solicitó a las autoridades del Gobierno porteño que se verifique el cumplimiento de la legislación vigente sobre accesibilidad física para personas con movilidad reducida en los servicios sanitarios de locales públicos.
De acuerdo al derecho previsto en la leyes nacionales y de la Ciudad, se debe garantizar la autonomía y seguridad de personas con movilidad reducida (personas con discapacidad, mujeres embarazadas o portadoras de cochecitos para bebés y adultos mayores) para utilizar los baños que poseen los locales comerciales con asistencia de público como bares y confiterías.
Luego de numerosos reclamos presentados por vecinos de la Ciudad y en defensa de los principios manifestados en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la Defensoría recomendó que se promuevan las acciones conducentes para que se respete la normativa y que se ordenen las inspecciones correspondientes en los diferentes locales denunciados. (Infociudad)
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